La luz de la nueva legislación sobre pensiones introducida por la Legea nr. 360/2023, las personas que ya cumplen las condiciones para jubilarse por límite de edad tienen ahora la posibilidad de seguir trabajando hasta los 70 años, siempre que cada año reciban la aprobación del empleador.
En la práctica, esta regulación ofrece una alternativa a quienes prefieren posponer el momento de iniciar la pensión y mantener, por más tiempo, el mismo contrato individual de trabajo o la misma relación de servicio. La idea central es sencilla: si la persona reúne los requisitos para la pensión por vejez, puede elegir entre solicitarla o continuar activa en el puesto que ocupa, dentro de los límites previstos por la ley. Para ello, las normas de aplicación exigen un documento del empleador que confirme la intención de no continuar la relación laboral una vez alcanzada la edad legal. Ese matiz resulta importante porque vincula el ejercicio del derecho a una decisión administrativa concreta y no solo a la voluntad del trabajador.

Qué prevé exactamente la norma
Las normas de aplicación de la nueva ley precisan que las personas aseguradas en el sistema público de pensiones que hayan reunido la edad estándar de jubilación y el período mínimo de cotización contributiva previsto en el anexo nº 5 pueden optar, desde la entrada en vigor de la ley, por percibir la pensión de vejez o por continuar su actividad profesional en virtud del mismo contrato individual de trabajo o relación de servicio, hasta cumplir 70 años, en las condiciones del artículo 46, apartado (2), de la ley.
Este punto no solo reconoce una opción, sino que también introduce una fórmula de transición más flexible entre vida laboral y jubilación. Para muchas personas, llegar a la edad ordinaria de retiro no significa necesariamente querer dejar de trabajar de inmediato. La norma admite esa realidad y permite prolongar la actividad sin obligar a cambiar automáticamente de vínculo contractual antes de los 70 años, siempre que concurran los requisitos previstos y el empleador acepte esa continuidad.
El debate sobre el artículo 46, apartado (2)
La redacción del artículo 46, apartado (2), de la Legea nr. 360/2023 generó numerosas discusiones por las dudas que planteaba sobre los límites del derecho al trabajo y del derecho a la pensión, en particular respecto de lo que ocurre después de los 70 años. Ante esas interpretaciones, el Ministerio de Trabajo aclaró que la intención del legislador es permitir que la persona siga desempeñando su actividad, con el acuerdo del empleador, hasta esa edad, aplazando así el acceso efectivo a la pensión.
En otras palabras, la norma no impide que una persona siga vinculada al mercado laboral una vez alcanzada la edad de jubilación, pero sí establece un marco específico para hacerlo bajo el mismo contrato hasta los 70 años. Esa posibilidad resulta especialmente relevante en sectores donde la experiencia acumulada tiene un peso significativo y donde la continuidad del trabajador puede ser valiosa para la organización.
Qué ocurre después de los 70 años
Tras cumplir 70 años, los empleados aún pueden seguir trabajando si existe un documento que acredite su capacidad laboral. Sin embargo, en ese caso ya no se mantiene automáticamente la misma relación anterior, sino que será necesario formalizar un nuevo contrato de trabajo o una nueva relación de servicio. Esta es una diferencia importante, especialmente en el sector público, donde la continuidad puede quedar condicionada por procedimientos más estrictos y por la forma jurídica del vínculo.
Por ello, el paso de los 70 años marca un cambio claro en el régimen aplicable. Hasta ese momento, la ley permite prolongar la actividad dentro de la misma relación; a partir de entonces, si se desea seguir trabajando, la fórmula deberá renovarse o constituirse de nuevo. En términos prácticos, esto obliga tanto a empleados como a empleadores a planificar con antelación la transición, revisar documentación y valorar si existe interés real en mantener la colaboración profesional.
A quién se aplica la disposición
La ley también delimita con precisión su ámbito temporal. Las disposiciones del artículo 46, apartado (2), de la Legea nr. 360/2023 se aplican únicamente a las personas que alcancen las condiciones de jubilación a partir del 1 de enero de 2024. Quedan fuera, por tanto, quienes ya se habían jubilado antes de esa fecha.
Esta precisión evita confusiones y confirma que el nuevo marco no reabre situaciones ya resueltas bajo la normativa anterior. Se trata de una regla pensada para el futuro, no para modificar retrospectivamente pensiones ya concedidas. Desde esa perspectiva, la reforma busca actualizar la relación entre jubilación y permanencia en el empleo, ofreciendo una vía legal para quienes desean seguir activos más allá de la edad ordinaria, pero dentro de un esquema regulado y con límites bien definidos.
Un cambio con impacto práctico
La posibilidad de continuar trabajando hasta los 70 años introduce más margen de decisión en una etapa especialmente sensible de la vida profesional. No todas las personas viven la jubilación de la misma manera: algunas prefieren retirarse en cuanto cumplen las condiciones legales, mientras que otras desean conservar su actividad por razones económicas, personales o simplemente porque todavía se sienten en condiciones de aportar al puesto que ocupan.
En ese sentido, la nueva regulación no obliga a nadie a prolongar su carrera, pero sí abre una puerta que antes no estaba formulada con tanta claridad en estos términos. Además, al supeditar la continuidad al acuerdo anual del empleador, la ley intenta equilibrar el interés del trabajador con las necesidades de organización de la empresa o institución. Ese equilibrio explica por qué la norma ha despertado tanto interés: combina flexibilidad individual con control administrativo y establece un procedimiento concreto para ordenar la transición hacia la jubilación.
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